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viernes, 4 de febrero de 2011

El nuevo sindicato


                                                       




                                                          BOLETIN DE PRENSA
 El Sindicato Nacional Democrático de los Trabajadores la Servicio de la Educación (SNDTSE) se funda el 21 de julio del 2009 en la ciudad de México, estableciéndose en el domicilio Rafael Delgado #3 int. 202 Col. Obrera Delegación Cuauhtémoc. Su inicio lo hizo con 1500 miembros contando actualmente con más de 100000 afiliados en todo el país.
Nace al amparo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y como una respuesta a las demandas de la mayoría de los trabajadores del sistema educativo nacional, quienes requeríamos contar con una organización sindical que fuera auténticamente defensora de sus derechos laborales, solidaria, respetuosa, democrática y plural.
Lo anterior porque como trabajadores estamos decepcionados, cansados y hastiados de  la  corrupción, injusticia, hostigamiento, marginación, desvío de recursos, solapamiento a infractores de la Ley, manipulaciones,  amenazas, atropellos y represión por el solo hecho de ejercer libremente el derecho de opinar o de asociarnos como lo estipula nuestra Carta Magna. 
El SNDTSE tiene como principios fundamentales: La rendición de cuentas, la transparencia de sus procesos y la defensa de los Artículos 3° y 27° Constitucionales, lo que nos obliga a participar y fomentar la mejora educativa en todos sus niveles y en su infraestructura escolar, así como la profesionalización del magisterio, con la finalidad de elevar la calidad en la Educación que nuestra sociedad actual requiere y reclama.
De igual modo, ésta organización, evitará lesionar el servicio educativo no utilizando horas clase en asambleas o manifestaciones; por el contrario, se aprovecharán los días feriados o de asueto para estos fines.
De igual manera, éstos días se aprovecharán para atender las demandas o necesidades de los trabajadores, evitando con esto que se inviertan los días económicos 
                                             

                                                  PROPUESTA JURÍDICA
Dado que la libertad es lo más preciado que tiene el individuo, y ésta no se debe ni se puede coartar por ningún motivo, sea laboral, político o de otra naturaleza, destacamos que el nuestro no es un movimiento social, sino la constitución legal de un nuevo sindicalismo, presto a responder los reclamos que la clase trabajadora demanda.
Por ello manifestamos que nuestra propuesta se apega a la legalidad,  fundamentándose a plenitud en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo. Los cuales reconocemos como cimientos para cualquier propuesta de carácter laboral, como es el que nos atañe.  Destacamos algunos de ellos en sus secciones específicas:
-        Artículo 5º Constitucional, en el que claramente se estipula que nadie puede ser privado del producto de su trabajo sino por resolución judicial, es decir ni SNTE ni SEP tienen autoridad para cesar a cualquier trabajador por no convenir a sus propios intereses, sino una junta especializada como lo es la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
-        Artículo 6º Constitucional, donde se sustenta que la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, que en el caso que nos ocupa, cualquier trabajador tiene la facultad de cuestionar el actuar de cualquier funcionario o dirigente sindical.
-        Artículo 9º Constitucional, señala que a nadie se le puede coartar el derecho de reunirse o asociarse con cualquier objeto lícito que en el caso que nos ocupa es el velar por los intereses de la clase trabajadora de una manera transparente.
-        Artículo 14º Constitucional, establece que nadie puede ser privado de sus derechos sino mediante un procedimiento o juicio que cumpla con las formalidades que para la materia se ocupe.
-        Artículo 123º Constitucional, en su apartado B, señala que toda persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil.
Destacando además, que en los siguientes artículos de la Ley que nos rige como trabajadores se establece:

-        Artículo 356° Ley Federal del Trabajo, establece que el sindicato es la asociación para el mejoramiento y defensa de los intereses de la clase trabajadora.
-        Artículo 358º Ley Federal del Trabajo, que señala que a nadie se puede obligar a formar parte de un sindicato o a no formar parte de él.
-        Artículo 364° Ley Federal del Trabajo, especifica que los sindicatos se pueden constituir con al menos veinte trabajadores en servicio activo, lo cual, en el caso que nos ocupa, se ha hecho apegado a toda normatividad.
Declaramos entonces que nuestra organización sindical nace con el único afán de servir a sus representados, alejado de buscar confrontaciones, estando abierto al diálogo, a la concertación y a tomar acuerdos, pero nunca al margen de la Ley. Siendo además, respetuoso con todas las instancias, esperando que ésta actitud sea recíproca, y por ello no se actuará con prepotencia, se privilegiará la prudencia y la tolerancia, pero sí se actuará con firmeza, apoyándonos en el derecho constitucional.
Finalmente, declaramos ser respetuosos con la autonomía sindical, para ser respetados en la propia. Añadiendo que en ningún sentido se obligará a los agremiados a ser parte de un partido político.
                                                      
                                                                 ATENTAMENTE
                                                    Profesor Clemente Pacheco Sánchez.
                                        Integrante del comité ejecutivo nacional del SNDTSE